jueves, 11 de septiembre de 2014

Enlaces conyugales y matrimonios en Colima

La Madeja del Gato (de la diversidad sexual)
Madeja #278
Por Christopher Vergara

La histórica reforma que en 2009 modificó el Código Civil del Distrito Federal para permitir que el matrimonio pudiera ser la unión de dos personas, reforma que fue avalada y sentó precedentes judiciales por la Suprema Corte de Justicia de la Nación con el paso de los años ha tenido un efecto dominó francamente impresionante. 

Demostrando el poder del Juicio de Amparo cuando se encuentra sustentado en un criterio sólido de la Corte así como diversos artículos constitucionales protectores de Derechos Humanos, decenas de juzgados de distrito o tribunales colegiados han ido declarando inconstitucionales sendos artículos de los Códigos Civiles locales que definen aún al matrimonio como la unión de un hombre y una mujer. El matrimonio igualitario (nuevo término elegante y más corto para los matrimonios entre personas del mismo sexo) es hoy una realidad en varios estados. 

Ello inevitablemente ha conducido a que los Poderes Legislativos de los estados reaccionen y cuando menos deslicen la posibilidad de modificar sus Códigos Civiles para adecuarlos a los nuevos criterios que está el Poder Judicial de la Federación está emitiendo. Hasta el momento son dos las entidades que han reformado sus Códigos, uno para bien y otro para mal, Colima y Coahuila. 

Coahuila fue el Congreso más reciente en aprobarlo, apenas hace unos días. Cabe recordar que Coahuila fue el primer estado en implementar una unión civil similar a las Sociedades de Convivencia del Distrito Federal mediante el Pacto Civil de Solidaridad. Coahuila sigue poniéndose a la vanguardia en estos temas (los Moreira serán un desastre financiero gobernando pero en estos temas no dejan mal parado al PRI) al modificar su Código Civil a iniciativa de un diputado del Partido Socialdemócrata (uno de los pocos hijos perdidos que sobreviven del extinto Alternativa Socialdemócrata aunque hoy en día es otro partido satélite del gobernador). 

La iniciativa es francamente buena. No solamente porque no se mete en galimatías o trabalenguas verbales al definir el matrimonio como debe definirse (la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida...) sino que actualiza uno de los tantos arcaísmos que contiene mucha de nuestra legislación al establecer que el matrimonio sólo puede ser realizado por personas mayores de 18 años. Un avance significativo contra todos esos artículos vetustos que permiten a menores de edad contraer matrimonio. 

Menos brillante es sin duda alguna el caso de Colima que en agosto de 2013 puso en vigencia unas reformas que intentando venderse como progresistas y acatadores de las resoluciones judiciales (Colima fue de los primeros estado obligados a reconocer matrimonios entre personas del mismo sexo) terminan por ser francamente discriminadores. Son el ejemplo claro de que la forma es fondo y a que desde el lenguaje se puede discriminar. 

El Código Civil de Colima fue modificado para crear un cantinfleo jurídico llamado 'relaciones conyugales'. Básicamente lo que hicieron los legisladores locales fue modificar el Código Civil cambiando todos las veces que aparecía la palabra 'matrimonio' por 'relación conyugal' y finalmente incluir un articulo en el cual se establece que en Colima existirán dos tipos de relaciones conyugales, los matrimonios que se celebran entre una mujer y un hombre (el Código llega a la mojigatería de establecer que sea un sólo hombre y una sóla mujer) y las relaciones conyugales que se celebran entre dos personas del mismo sexo. 

Si recordamos, la discriminación en su concepción más básica (definición retomada de Conapred) es la práctica cotidiana que consiste en dar un trato desfavorable o de desprecio inmerecido a determinada persona o grupo. El punto delicado de cuando ésto se establece en una ley es que se convierte en una discriminación violatoria y sistemática de los Derechos Humanos. Eso es lo que está provocando el Congreso de Colima. 

Por más galimatías verbales en que quiera caer el Congreso de Colima no queda duda de que hay un rechazo tajante a llamar matrimonio a la unión de dos personas del mismo sexo, para lo cual se crea el rimbobante término de 'enlace conyugal'. Es aquí donde caemos en lo poderoso que son las palabras. 

La gran conquista para la diversidad sexual que representa la posibilidad del matrimonio igualitario no reside únicamente en que este exista, sino que además se denomine matrimonio, lo cual pone en situación de igualdad a cualquier tipo de parejas que busquen unirse civilmente. Lo contrario crea por tanto una situación desigual donde aunque jurídicamente tienen los mismos derechos, el término con el que se refieren a uno del otro es diferente, porque su unión (la de dos hombres o dos mujeres) no reune las calidades y cualidades 'morales' que la sociedad dicta para que sea considerado matrimonio. 

Además caemos en un absurdo jurídico francamente risible. Parafraseando aquel viejo comercial de caldos de pollo, el Código Civil de Colima establece dos uniones que saben a pollo, huelen a pollo y son de pollo, aunque el legislador, que tiene tendencias homofóbicas o cuando menos le tiene miedo a quienes las tienen, nos quiere decir que uno si es de pollo y el otro no, que es de ave (porque las aves son el género, y los pollos la especie). Así de ridículos son los extremos. 

Hay que dejar algo bien en claro gente, el lenguaje educa, las normas educan y que las situaciones existan también. Esta Ciudad de México no tenía una opinión tan favorable hace cinco años cuando se aprobó el matrimonio igualitario, para ser exactos los apoyos estaban francamente divididos en mitades. Hoy la situación es diferente y el matrimonio entre personas del mismo sexo es ampliamente aceptado, cuando no apoyado por amplias franjas sociales. Ésto no fue gratuito. 

El hecho de que la sociedad supiera que las leyes ya permitían que existieran matrimonios (así, matrimonios)  entre dos personas del mismo sexo y el hecho de que los vieran suceder cada vez con mayor cotidianidad generan una situación de normalización y aceptación de las situaciones. Quien me diga que las normas no tienen el poder de influir en los grupos sociales y ayudarlos a progresar socialmente miente y aquí tenemos un claro ejemplo. 

Por ello es importante que el lenguaje que ocupemos para llamar a las situaciones sea el adecuado. Porque no sólo es importante obtener y ganar los derechos, sino que además éstos nos sean reconocidos en las formas en que deba ser reconocido. No sólo porque así vencemos a los prejuicios y la discriminación, sino porque así evitamos que éstos dos fenómenos se sigan reproduciendo. 

Ojalá la Corte falle en este sentido. Al menos en este tema no nos ha fallado. 

Y en la próxima Madeja: Las constitucionalidad de las consultas populares propuestas.

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